OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
Obligaciones del Trabajador:
El artículo 58 del código sustantivo del trabajo establece las obligaciones del trabajador.
- Realizar la labor, acatar y cumplir las órdenes que imparta el empleador.
- No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo.
- Conservar en buen estado, los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados.
- Guardar la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.
- Comunicar al empleador las observaciones conducentes a evitar daños y perjuicios.
- Prestar la colaboración posible en casos de siniestro o riesgo que amenacen las personas o cosas de la empresa.
- Observar con cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de los accidentes o de las enfermedades profesionales.
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