OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
Obligaciones del Trabajador: El artículo 58 del código sustantivo del trabajo establece las obligaciones del trabajador. Realizar la labor, acatar y cumplir las órdenes que imparta el empleador. No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo. Conservar en buen estado, los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados. Guardar la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros. Comunicar al empleador las observaciones conducentes a evitar daños y perjuicios. Prestar la colaboración posible en casos de siniestro o riesgo que amenacen las personas o cosas de la empresa. Observar con cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de los accidentes o de las enfermedades profesionales.