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OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

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 Obligaciones del Trabajador: El artículo 58 del código sustantivo del trabajo establece las obligaciones del trabajador. Realizar la labor, acatar y cumplir las órdenes que imparta el empleador. No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo. Conservar en buen estado, los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados. Guardar la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros. Comunicar al empleador las observaciones conducentes a evitar daños y perjuicios. Prestar la colaboración posible en casos de siniestro o riesgo que amenacen las personas o cosas de la empresa. Observar con cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de los accidentes o de las enfermedades profesionales.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

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Obligaciones del empleador: El artículo 57 del código sustantivo del trabajo establece las obligaciones del empleador. Poner a disposición de los trabajadores, los instrumentos y las materias primas para la realización de la labor. Procurar a los trabajadores, locales apropiados y elementos de protección personal contra los accidentes y enfermedades laborales. Prestar los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad. En todos los establecimientos que ocupen más de 10 trabajadores deberá mantenerse lo necesario. Pagar la remuneración en las condiciones, períodos y lugares convenidos. Guardar respeto por la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos. Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en la que conste el tiempo de servicio y hacerle practicar el examen médico. Pagar al trabajador los gastos razonables de venida y de regreso, si para prestar sus servicios lo hizo cambiar de residencia. Conceder al trabajador en c